La escala de tiempo que es difundida para ajustar los relojes y el tiempo en el mundo se denomina UTC (Tiempo Universal Coordinado). El tiempo UTC es el resultado de un algoritmo matemático que combina las mediciones de cientos de relojes atómicos de diferentes laboratorios de metrología en el mundo, en el caso de México, este reloj atómico se encuentra en el CENAM y se reconoce internacionalmente como UTC(CNM).
En marzo de 1996 el Centro Nacional de Metrología (CENAM) inició su contribución en la generación del UTC. En aquel mismo año, el CENAM inició la generación de su escala UTC(CNM), de la cual se derivan la hora del día para los tres husos horarios del país.
La Hora Oficial en la zona horaria del sureste está definida en términos del UTC (CNM) de acuerdo a las siguiente relación:
Tiempo del Sureste = UTC (CNM) – 5
Nota: En esta zona horaria no aplica el horario de verano.
Estados de la republica en la Zona del suroeste:
La Hora Oficial en la zona horaria del centro está definida en términos del UTC (CNM) de acuerdo a las siguiente relación:
Tiempo del Centro = UTC (CNM) – N
Donde N es 6 horas para el horario de invierno y 5 horas para el horario de verano. El Horario de verano se aplica del primer domingo de abril a las 2h00 de la mañana al último domingo de octubre a las 2h00 de la mañana.
Donde N es 6 horas para el horario de invierno y 5 horas para el horario de verano. El Horario de verano se aplica del primer domingo de abril a las 2h00 de la mañana al último domingo de octubre a las 2h00 de la mañana.
Estados de la Republica en la zona del Centro:
La Hora Oficial en la zona horaria del noroeste está definida en términos del UTC (CNM) de acuerdo a las siguiente relación:
Tiempo del Noreste = UTC (CNM) – N
Donde N es 8 horas para el horario de invierno y 7 horas para el horario de verano. El Horario de verano se aplica del primer domingo de abril a las 2h00 de la mañana al último domingo de octubre a las 2h00 de la mañana.
Estados de la Republica en la zona del noroeste:
La Hora Oficial en la zona horaria del pacífico está definida en términos del UTC (CNM) de acuerdo a las siguiente relación
Tiempo del Pacífico = UTC (CNM) – N
Donde N es 7 horas para el horario de invierno y 6 horas para el horario de verano. El Horario de verano se aplica del primer domingo de abril a las 2h00 de la mañana al último domingo de octubre a las 2h00 de la mañana.
Estados de la Republica en la zona del pacífico: